Máster Universitario. Abogacía

Año académico 2023-24

La UIB ha presentado la solicitud preceptiva para adaptar el Máster Universitario en Abogacía a los requerimientos del Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura, y del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, conforme a los cuales el máster pasaría a denominarse Máster Universitario en Abogacía y Procura a partir del año académico 2023-24.

El alumnado que realice la preinscripción y resulte admitido, queda supeditado a la resolución favorable de la mencionada solicitud de adaptación para poder cursar el máster.

Perfil de ingreso y criterios de admisión

Para poder cursar el Máster es necesario tener el título oficial de graduado en Derecho o Licenciado en Derecho.

El Máster Universitario de Abogacía va dirigido muy especialmente a los graduados en Derecho. También puede resultar de interés a los licenciados en Derecho.

En caso de que el número de solicitudes supere las plazas disponibles (la oferta es de 80 plazas):

  1. Tendrán preferencia, en todo caso, los graduados en Derecho respecto a los licenciados en Derecho.
  2. Dentro de cada grupo, graduados o licenciados en Derecho, se otorgarán las plazas en función del expediente académico del solicitante. Para valorar el expediente se tendrá en cuenta la media sobre 10 del expediente académico. A esta media se le sumarán:
    • 1 punto a los graduados o licenciados en Derecho por la Universidad de las Illes Balears.
    • A los que, además de ser licenciados en Derecho o graduados en Derecho, tengan un título oficial de licenciado o graduado en Administración y Dirección de Empresas o en Relaciones Laborales: 0,5 puntos.
    • A los que, además de ser licenciados o graduados en Derecho tengan un título oficial de diplomado en Ciencias Empresariales o en Relaciones Laborales: 0,3 puntos (los puntos a/b son incompatibles dentro de la misma rama: no se puede sumar 0,5 puntos por LADE/GADE y 0,3 por DCE; pero sí 0,5 por GADE y 0,3 por DRL).
    • A los que además de ser graduados o licenciados en Derecho tengan otra licenciatura o grado diferente de los del punto b (LADE/GADE/GRL): 0,2 puntos.
    • A los que, además de ser graduados o licenciados en Derecho tengan un título oficial de diplomatura diferente de las del punto c (DCE/DRL): 0,1 punto.

Estos criterios se aplicarán tanto en julio, si el número de solicitudes supera el número de plazas, como en septiembre, si han quedado plazas libres en julio y el número de solicitudes de septiembre supera el número de plazas no cubiertas en julio.

Aviso importante sobre las prácticas externas i la asignación de tutores: véase el apartado "Estructura de los estudios".

Objetivos académicos y profesionales

Si bien el principal objetivo del Máster consiste en facilitar a los estudiantes los conocimientos prácticos mínimos para iniciarse en el mundo de la abogacía, el plan de estudios no es ajeno ni a los contenidos ni al tipo de pruebas que deberán superar los graduados en Derecho para poder acceder a la profesión de abogado, porque este Máster debe ser preparatorio para dichas pruebas de acceso.

Se trata, por tanto, de un máster profesionalizante, no pensado para profesionales, a pesar de que les pueda resultar de interés.

Acceso a otros estudios y salidas profesionales

Ejercicio de la Abogacía en España por titulados extranjeros

El Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, dispone en su artículo 2 los requisitos para la obtención del título profesional de abogado. Estos requisitos son los siguientes:

  1. Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 del reglamento.
  2. Acreditar la superación de alguno de los cursos de formación comprensivos del conjunto de competencias necesarias para el ejercicio de dichas profesiones en los términos previstos en este reglamento, como es el caso del Máster Universitario en Abogacía de la UIB.
  3. Desarrollar un periodo formativo de prácticas en instituciones, entidades o despachos, relacionados con el ejercicio de esa profesión, como es el caso de las Prácticas externas obligatorias que contempla el Máster Universitario en Abogacía de la UIB.
  4. Y superar la prueba de evaluación final acreditativa de la respectiva capacitación profesional, convocada por el Ministerio de Justicia.

Por lo que respecta al cumplimiento del primer requisito, el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de educación superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del marco español de cualificaciones para la educación superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado, dispone que si el interesado posee uno o más títulos extranjeros de nivel universitario que le dan acceso al ejercicio de una profesión en el país de expedición, y esa profesión es análoga a la profesión de abogado y el interesado desea ejercer su profesión en España, deberá solicitar, a partir de su título extranjero, convalidación en una universidad española de las materias superadas en el programa de origen y posteriormente, en su caso, completar los estudios del programa español de grado correspondiente.

Además, el citado Real Decreto 775/2011 dispone que el requisito de convalidación de los estudios extranjeros en una universidad española y, en su caso, de consecución de los estudios del programa español de grado correspondiente deben cumplirse con anterioridad a la admisión al Máster Universitario en Abogacía.

De todo esto se deduce que, si usted es titulado/a extranjero/a y desea cursar el Máster Universitario en Abogacía en la UIB para ejercer la profesión de abogado en España, con anterioridad a ser admitido/a y cursar el citado máster, debe convalidar su título extranjero al Grado en Derecho de la UIB u otra universidad española.
Para más información sobre la convalidación en la UIB de los estudios extranjeros, puede contactar con el Servicio de Alumnos y Gestión Académica de la UIB.

Para más información sobre el ejercicio de la Abogacía en España por titulados extranjeros, puede consultar la página web del Consejo General de la Abogacía:

http://www.abogacia.es/conozcanos/la-institucion/ejercicio-de-la-abogacia/#extranjeros

Estructura de los estudios

Las guías docentes de cada asignatura están en el apartado "Asignaturas" de este máster.

El plan de estudios está compuesto por 2 módulos, un trabajo de fin de máster y unas prácticas externas obligatorias:

  • Módulo general, de 16 créditos, que incluye 3 bloques de contenidos:
    • Deontología profesional: Relaciones del abogado con el cliente, las otras partes, el tribunal o la autoridad pública y entre abogados.
    • Instrumentales: Responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, funcionamiento de la asistencia jurídica gratuita, entorno organizativo colegial y marco jurídico del ejercicio de las profesiones de la abogacía. Organización y gestión del despacho; técnicas de trabajo en equipo y de relaciones interpersonales; herramientas de gestión y de búsqueda y tratamiento de la información.
    • Transversales: Estrategia de defensa del cliente, organización y competencia judicial, defensa técnica y conceptos jurídicos fundamentales. Derecho tributario. Práctica de la prueba. Tutela jurisdiccional en un marco nacional e internacional, con especial atención al recurso de amparo y ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Métodos alternativos de resolución de conflictos.
  • Módulo especial, de 29 créditos, que incluye 4 bloques de contenidos:
    • Práctica civil y mercantil (12 créditos). Contratos civiles y mercantiles. Derechos reales. Derecho de familia. Derecho de sucesiones. Derecho de daños. Derecho concursal. Derecho societario. Sesiones de actualización (en estas sesiones de actualización se incidirá en las materias que, por el hecho de haberse producido recientemente novedades legislativas o jurisprudenciales, o por cualquiera otro motivo, no forman parte de los conocimientos del graduado en Derecho).
      Práctica administrativa (6 créditos). Procedimiento administrativo. Proceso contencioso administrativo. Tribunal económico-administrativo. Derecho urbanístico. Responsabilidad de las administraciones públicas. Sesiones de actualización (en estas sesiones de actualización se incidirá en las materias que, por el hecho de haberse producido recientemente novedades legislativas o jurisprudenciales, o por cualquiera otro motivo, no forman parte de los conocimientos del graduado en Derecho).
    • Práctica penal (6 créditos). Derecho penal especial. Violencia de género. Menores. Proceso penal. Jurado. Derecho penitenciario. Sesiones de actualización (en estas sesiones de actualización se incidirá en las materias que, por el hecho de haberse producido recientemente novedades legislativas o jurisprudenciales, o por cualquiera otro motivo, no forman parte de los conocimientos del graduado en Derecho).
    • Práctica laboral y de la Seguridad Social (5 créditos). Contratación laboral. Seguridad Social. Procedimiento laboral. Sesiones de actualización (en estas sesiones de actualización se incidirá en las materias que, por el hecho de haberse producido recientemente novedades legislativas o jurisprudenciales, o por cualquiera otro motivo, no forman parte de los conocimientos del graduado en Derecho).
  • Trabajo de Fin de Máster, de 15 créditos (asumidos por el ICAIB). El trabajo consiste en la preparación de dos dossiers sobre dos casos prácticos y su defensa ante un tribunal. El tribunal será compuesto por tres miembros y tendrá que estar conformado en todo caso por al menos un profesor permanente de la UIB y un abogado nombrado por el ICAIB. El tribunal será designado por la comisión de garantía de calidad del Máster y avalado por la comisión mixta ICAIB/UIB.
  • Habrá unas Prácticas Externas obligatorias (30 créditos), de acuerdo con el capítulo III del Real decreto 775/2011, de 3 de junio, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador de los tribunales.
    En las prácticas externas cada estudiante estará bajo la tutela de un abogado-tutor. Especialmente, el programa de prácticas tiene que garantizar el contacto efectivo del alumno tutorizado con los órganos jurisdiccionales, con otros abogados y con instituciones públicas relevantes en el ejercicio de la profesión.
    Las prácticas externas se desarrollarán durante el tercer cuatrimestre.

Para obtener el título de Máster Universitario en Abogacía se tienen que superar (aprobar) los 2 módulos, el Trabajo de Fin de Máster y las Prácticas Externas de forma independiente. La superación sólo de una parte de los 90 créditos no dará derecho a ningún tipo de título.

El curso durará todo el año y los 2 módulos, el Trabajo de Fin de Máster y las Prácticas Externas, son obligatorios.

Examen final

No hay examen global final para superar el Máster.

Criterios de evaluación y exámenes

Los criterios de evaluación y los exámenes estan detallados en las guías docentes de cada asignatura (sección "Asignaturas").

Dirección del estudio

Directores del programa

Dra. Joana Maria Socias Camacho

Departamento
Teléfono
(34) 971 17 2936

 

Sr. Bernardo Garcías Vidal

Departamento
Teléfono
-
E-mail
bernardogarciasarrobabalearabogados.com

Coordinador del programa

Dr. Bartolomé Trias Prats

Departamento
Teléfono
(34) 971 17 3111

Los profesores de cada asignatura se poden consultar en el apartado "Asignaturas".