¿Cuál es el número mínimo de créditos a los que puedo matricularme?
El Gobierno balear, oída la Universidad, es quien establece cada curso el número mínimo de créditos a los que un alumno se puede matricular.
Los alumnos que inicien enseñanzas de máster universitario o que se matriculen del período formativo de un programa de doctorado regulado por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre (que se puede consultar en el apartado Normativa -> Normativa de carácter general), se tienen que matricular, como mínimo, de 30 créditos. Este número incluye también los créditos adaptados, convalidados o reconocidos, en el supuesto de que los haya.
Este número de créditos mínimo se reduce a 15 créditos (según el Reglamento) en los casos de alumnos a quienes se haya reconocido la condición de estudiantes a tiempo parcial.
Se puede ampliar esta información consultando el apartado "Información sobre el Reglamento Académico y régimen de permanencia y el número mínimo de créditos matriculados al inicio de los estudios".