Información general
Si necesita realizar un trámite presencialmente debe solicitar cita previa en el formulario https://citaprevia.uib.es/.
Información general
¿Qué es?
Es una convocatoria de un proceso de admisión dirigida a personas con estudios extranjeros parciales o que los hayan finalizado pero no hayan obtenido la homologación o equivalencia en España que desean realizar unos estudios universitarios en la UIB.
En la convocatoria ordinaria se ofrece un número de plazas para cada estudio, que se adjudica según el orden de prelación establecido. Si quedan plazas vacantes se ofrecen en la convocatoria extraordinaria.
¿Quien puede participar?
Pueden participar en esta convocatoria los estudiantes que hayan cursado estudios parciales o totales que no hayan obtenido la homologación o equivalencia y que hayan superado 30 créditos ECTS en la titulación de origen.
Es un requisito indispensable para formalizar la matrícula que la Universidad les reconozca como mínimo 30 créditos ECTS.
Por otra parte, los estudiantes a los que se reconozcan al menos 90 créditos pueden presentar la solicitud de admisión en los servicios administrativos correspondientes en cualquier momento.
Distribución de plazas ofrecidas
Las plazas ofrecidas por estudios extranjeros no homologados no pueden ser inferiores al 2 por cien por exceso de las plazas ofrecidas en la convocatoria general del año anterior. El primer año de implantación de un nuevo grado no se ofrecerá ninguna plaza en esta convocatoria. El Consejo de Dirección deberá aprobar las propuestas indicadas.
Las plazas para los estudiantes con estudios extranjeros no homologados declaradas desiertas se asignarán en la misma convocatoria al procedimiento de admisión por cambio de universidad y/o de estudios universitarios oficiales españoles si en este hay lista de espera, y viceversa.
De forma excepcional, el decano de la facultad o el director de la escuela pueden admitir, sin que queden plazas, todas las solicitudes por cambio de estudios o por alumnos extranjeros no homologados a los que se reconozcan, al menos, 90 créditos, siempre que los recursos de personal, de espacio y de material de que se disponga así lo permitan.
Orden de prelación
Las solicitudes de la convocatoria de alumnos con estudios extranjeros que cumplan los requisitos se ordenarán de la forma siguiente:
- En primer lugar, el grupo de alumnos que tengan sus estudios extranjeros asimilados a la misma rama de conocimiento del estudio al que desean acceder. A continuación el resto de alumnos.
- Dentro de cada uno de los dos grupos anteriores, se ordenarán las solicitudes por la media del expediente.
Los grados que tengan una prueba específica de admisión, a la hora de establecer el orden de prelación, tendrán preferencia quienes tendrán la prueba superada o convalidada respecto de quienes no la tengan.