Información general
Si necesita realizar un trámite presencialmente debe solicitar cita previa en el formulario https://citaprevia.uib.es/.
Información general
¿Qué es?
Un estudiante puede solicitar el cambio de sede universitaria si está matriculado en una titulación oficial de la UIB que se imparte en las sedes de Menorca, de Ibiza y Formentera o en Palma y la quiere seguir cursando, pero en una sede diferente.
El cambio de estudios virtuales a estudios presenciales o viceversa también se considera un cambio de sede.
¿Quien puede participar?
Pueden participar los alumnos que ya tienen admisión en un grado y en una sede y quieren cambiar de sede y tengan 30 créditos superados.
Distribución de plazas ofrecidas
Los centros harán una propuesta cada año de la oferta de plazas para cambio de sede en el Consejo de Dirección para su aprobación. Esta propuesta no podrá ser inferior al 2 por cien por exceso de las plazas ofrecidas el año anterior (el primer año de implantación de un nuevo grado no se ofrecerá ninguna plaza en esta convocatoria). El Consejo de Dirección tendrá que dar el visto bueno definitivo a las propuestas indicadas.
Nota de admisión
La nota de admisión se calculará por media competitiva. La media competitiva se define como la suma de todas las calificaciones numéricas de cada asignatura o créditos reconocidos con calificación, multiplicado por los correspondientes créditos y dividido todo por el número de créditos que consten en el expediente del alumno como matriculados y presentados más todos los créditos reconocidos que tengan calificación.
La admisión a la nueva sede está condicionada al hecho que el alumno cumpla con el régimen de permanencia.
Orden de prelación
Las solicitudes de cambio de sede se ordenarán por la siguiente fórmula: porcentaje (expresado entre 0 y 100) de créditos superados respecto del total de créditos de la titulación, multiplicado por 6 y dividido por 100, más la media (en l escala de 0 a 10) que permite comparar expedientes de alumnos que no han terminado sus estudios en procedimientos académicos competitivos, que se define en el Acuerdo normativo 13463/2020, de 20 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento académico de la Universidad, multiplicada por 4 y dividida por 10.
Listas de admitidos
Las personas que participen en el procedimiento de admisión podrán consultar la lista de los admitidos por orden de prelación con nombre y media considerada en la ordenación.
La admisión en la nueva sede está condicionada al hecho que el alumno cumpla con el régimen de permanencia.
Las notas de corte se publicarán en la web de la UIB.
Cambio de sede directo
En el supuesto de que hayan quedado plazas vacantes en unos estudios (o PCEO) en una sede, el decano podrá autorizar tantos cambios de sede durante el año académico como plazas vacantes hayan quedado.
De forma excepcional, el decano de la facultad o el director de la escuela pueden admitir, sin que queden plazas, todas las solicitudes por cambio de sede a los alumnos que hayan superado, al menos, 90 créditos, siempre que los recursos de personal , de espacio y material de que se disponga así lo permitan. Esta admisión excepcional no puede ser argumento para solicitar un desdoblamiento de grupos.