Información general
Si necesita realizar un trámite presencialmente debe solicitar cita previa en el formulario https://citaprevia.uib.es/.
Información general del procedimiento de acceso
Requisitos
- Haber cumplido 40 años el año natural en que se inicia el curso académico para el cual solicitan el acceso..
- No poseer ninguna titulación que habilite acceder a la Universidad.
- Acreditar experiencia laboral o profesional en relación con la enseñanza de grado para el que solicita el acceso.
Quedan excluidos para poder participar en el procedimiento de acceso:
- Título de Bachiller con prueba de acceso a la Universidad
- Técnicos superiores de formación profesional
- Técnicos deportivos superiores
- Técnicos superiores de Artes Plásticas y Diseño
- Título universitario
- Título de Bachiller homologado
- Títulos, diplomas o estudios homologados declarados equivalentes
Fase de valoración: Experiencia laboral o profesional
La experiencia laboral o profesional se valorará con un máximo de 7 puntos, calificación numérica que se expresará con tres decimales.
Esta experiencia laboral o profesional la valorará la comisión evaluadora siempre se se haya desenvuelto en las familias profesionales adscritas a la rama de conocimiento en la que esté vinculada la enseñanza universitaria oficial de grado elegida.
En particular, se valorará la experiencia adquirirda y demostrable en trabajos que se relaciones específicamente con la enseñanza universitaria oficial de grado solicitada por la persona interesada, hasta en un máximo de 0,05 por mes completo de experiencia profesional y hasta un máximo de 0,025 por mes completo para la experiencia no específica en las familias profesionales adscritas a la rama de conocimiento a la que esté vinculado la enseñanza universitaria de grado elegida. Esta experiencia profesional se considerará acreditada si se aporta documentación que ponga de manifiesto las funciones llevadas a cabo y los períodos (fechas de inicio y de finalización) de actividades, certificadas por la entidad en la que se ha desarrollado la tarea profesional o cualquier otro medio que posibilite su acreditación.
Para realizar esta valoración, la comisión de evaluación utilizará el Catálogo nacional de calificaciones profesionales (CNCP, 2009 ) del Instituto Nacional de las Calificaciones (INCUAL), que ordena las calificaciones profesionales susceptibles de reconocimiento y acreditación, identificadas en el sistema productivo en función de las competencias apropiadas para el ejercicio profesional.
Concepto | Valoración |
Trabajos relacionados específicamente con la enseñanza universitaria oficial de grado solicitada | 0,05 por mes completo |
Trabajos relacionados con las familias profesionales adscritas a la rama de conocimiento a la que esté vinculada la enseñanza universitaria oficial de grado escogida | 0,025 por mes completo |
Trabajos no remunerados relacionados con el estudio o la rama de conocimiento | 0,01 por mes completo |
Ponencias y docencia relacionadas con el estudio o la rama de conocimiento | Número de horas * 0,1 |
Fase de valoración: Formación
La formación se valorará con un máximo de 2 puntos, calificación numérica que se expresará copn tres decimales.
Para los cursos de formación y perfeccionamiento, el contenido de los cuales esté directamente relacionado con la enseñanza universitaria oficial de grado solicitado, de duración igual o superior a 15 horas, que hayan estado cursadas por la persona interesada, se atorgarán 0,002 puntos por hora.
Para los cursos de formación y perfeccionamiento, el contenido de los cuales esté incluido en las familias profesionales adscritas a la rama de conocimiento y no esté directamente relacionado con la enseñanza universitaria oficial de grado solicitado, de duración igual o superior a 15 horas, que hayan estado cursados por la persona interesada, se otorgarán 0,001 puntos por hora.
La acreditación de la formación se realizará mediante el correspondiente certificado del curso, en el que se debe constatar, necesariamente, la denominación, el periodo de realización y las horas de duración, de acuerdo con la siguiente tabla:
Concepto | Valoración |
Acceso a un ciclo formativo de grado superior | 0,3 puntos |
Acceso a un ciclo formativo de grado medio | No se valora |
Título de técnico medio (ciclo formativo de grado medio), técnico (FP1) o equivalente relacionado con los estudios | 1,2 puntos |
Título de técnico medio (ciclo formativo de grado medio), técnico (FP1) o equivalente relacionado con la rama de conocimiento | 1,2 puntos |
Título de técnico medio (ciclo formativo de grado medio), técnico (FP1) o equivalente no relacionado con los estudios ni con la rama | 0,6 puntos |
Certificado de profesionalidad relacionado con los estudios | Nivel 1: Núm horas * 0,002 Nivel 2: Núm horas * 0,0025 Nivel 3: Núm horas * 0,003 |
Certificado de profesionalidad relacionado con la rama de conocimiento | Nivel 1: Núm horas * 0,002 Nivel 2: Núm horas * 0,0025 Nivel 3: Núm horas * 0,003 |
Certificado de profesionalidad no relacionado con los estudios ni con la rama | Nivel 1: Núm horas * 0,001 Nivel 2: Núm horas * 0,0015 Nivel 3: Núm horas * 0,002 |
Título de graduado escolar o equivalente | No se valora |
Título de graduado en educación secundaria | No se valora |
Título de bachiller superior o equivalente | 0,6 puntos |
COU | 0,6 puntos |
PRECIO (sin prueba de madurez; con prueba, da acceso a la universidad) | 1,6 puntos |
Cursos de informática, idiomas y prevención de riesgos laborales. Nivel superior | Núm horas * 0,002 |
Cursos de informática, idiomas y prevención de riesgos laborales. Nivel medio | Núm horas * 0,0015 |
Cursos de informática, idiomas y prevención de riesgos laborales. Nivel básico | Núm horas * 0,001 |
Cursos de informática, idiomas y prevención de riesgos laborales. Sin indicación de nivel | Núm horas * 0,001 |
Estudios extranjeros sin equivalencia | No se valora |
Publicaciones | No se valora |
La asistencia a jornadas y simposios | No se valora |
Los voluntariados, colaboraciones en ONG, becas... | Nre. de días * 0,001 |
Asignaturas cursadas como matrícula extraordinaria relacionadas con los estudios | Según correspondencia en horas. Máximo de 30 créditos Núm horas * 0,002 |
Asignaturas cursadas como matrícula extraordinaria relacionadas con la rama de conocimiento | Según correspondencia en horas. Máximo de 30 créditos Núm horas * 0,002 |
Asignaturas cursadas como matrícula extraordinaria no relacionadas con los estudios ni con la rama | Según correspondencia en horas. Máximo de 30 créditos Núm horas * 0,001 |
Fase de valoración: Conocimientos de idioma
El conocimiento de idioma se valorará con 1 punto como máximo. Se acumulará la puntuación de catalán y de terceras lenguas.
Conocimiento de catalánEl conocimiento de idioma se valorará con 1 punto máximo. Se acumulará la puntuación de catalán y de terceras lenguas.
Conocimiento de catalán
La acreditación previa del conocimiento de catalán se realizará con el certificado correspondiente, de acuerdo con la escala siguiente:
- Certificado de nivell A2 o equivalente: 0,150 puntos.
- Certificado de nivel B1 o equivalente: 0,300 puntos.
- Certificado de nivel B2 o equivalente: 0,600 puntos.
- Certificado de nivel C1 o equivalente: 0,900 puntos.
- Certificado de nivel C2 o equivalente: 1,000 punto.
Los certificados acreditativos son los que establece la Orden del consejero de Educación y Cultura de 16 de febrero de 2000 por la que se determinan los títulos, certificados o diplomas que garantizan los conocimientos de lengua catalana comprendidos en los certificados de la Junta Evaluadora de Catalán, ampliada por la Orden de la consejera de Educación y Cultura de 21 de febrero de 2015 por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Cultura y Juventud.
Conocimiento de terceras lenguas
El conocimiento de terceras lenguas se valorará con la acreditación previa del certificado correspondiente, de acuerdo con la siguiente escala:
- Certificado de nivel A2: 0,100 puntos.
- Certificado de nivel B1: 0,300 puntos.
- Certificado de nivel B2: 0,500 puntos.
- Certificado de nivel C1: 0,800 puntos.
- Certificado de nivel C2: 1,000 puntos.
La valoración del conocimiento de cada lengua se efectuará puntuando exclusivamente el nivel más alto obtenido en cada una de ellas.
Solo se valorarán los certificados emitidos por entidades académicas de reconocido prestigio de acuerdo con el Marco europeo común de referencia (MECR), así como de otros que puedan establecer las autoridades competentes.
Fase de entrevista personal
- Una vez superada la fase de valoración, la comisión evaluadora pasará el expediente del correspondiente procedimiento de acceso a la comisión de reconocimiento y transferencia de créditos del grado al cual se quiere acceder.
- La comisión de reconocimiento y transferencia de créditos convocará, mediante la página web de la UIB, al solicitante a la entrevista y le indicará el lugar, el día y la hora que tendrá lugar. Se considerará que los interesados que no asistan desisten de su solicitud.
- En la entrevista se valorará y apreciará la madurez e idoneidad de los candidatos por seguir con éxito la enseñanza universitaria oficial de grado elegida. Los criterios que se deben valorar, como mínimo, son: madurez, motivación, idoneidad de la formación previa e idoneidad de la experiencia laboral o profesional.
- La comisión hará constar en el acta de calificaciones correspondiente los aspectos valorados y la calificación parcial obtenida por cada uno de los candidatos.
Calificación de la fase de valoración
El resultado será una puntuación de 0 a 10 puntos. Se considerará que el candidato ha superado la fase de valoración si obtiene una puntuación de 5 o más puntos.
Calificación de la fase de entrevista personal
El resultado de la fase de entrevista será una puntuación de 0 a 10 puntos. Se considera que el candidato ha superado la fase de entrevista si obtiene una puntuación de 5 o más puntos. Se considerará que los interesados que no asistan desisten de su solicitud.
Calificación final
La calificación final será la media ponderada de las dos fases calculada de la siguiente forma:
- 60% será la nota de la fase de valoración.
- 40% corresponderá a la nota de la fase de entrevista.
No obstante, solamente serán aptos los candidatos que hayan superado las dos fases individualmente.
Los estudiantes que superen el proceso de acceso para un grado y sede deberán presentarse a la convocatoria de admisión para este grado y sede.
Reclamaciones
Las personas interesadas podrán, sobre la calificaión obtenidada en la fase de valoración, presentar una reclamación. El plazo de presentación de reclamaciones es de tres días hábiles contados a partir de la fecha de publicación de las calificaciones. La solicitud en la que se debe exponer la reclamación se tiene que presentar presencialmente en el Servicio de Alumnos y Títulos o en las sedes universitarias con cita previa, dirigida al presidente de la comisión evaluadora.
Pasado el plazo de presentación de reclamaciones y una vez resueltas, si se han presentado, se publicará la relación definitiva de calificaciones. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, que empezarán a contar a partir de la fecha de la publicación de esta resolución, sin prejuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente, de acuerdo con las disposiciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Validez
Este proceso de acceso tiene validez para el año que se supera el proceso de acceso y los dos años posteriores, solo para el grado que se ha superado.
Convocatoria y repetición para mejorar la nota
Hay una convocatoria por año.
Pasado el plazo de validez, como mínimo debe superar de nuevo la fase de entrevista.
En cualquier convocatoria posterior es posible presentarse de nuevo a la fase de valoración si tiene más méritos para aportar.
Admisión en los estudios universitarios oficiales de grado
Se debe consultar la información sobre preinscripción universitaria y matrícula. Sin embargo, debe tenerse en cuenta que se reserva un 1% del total de plazas para mayores de 40 años con experiencia laboral o profesional, excepto en PCEO, en los que no se reservará ninguna plaza.
Los centros pueden proponer, para su aprobación por Consejo de Dirección, modificaciones para cualquier estudio y sede de las plazas reservadas, siempre respetando los lindares establecidos por los artículos 24 a 28 del Real decreto 412/2014.
Personas con discapacidad o necesidades especiales
- Para las personas que justifiquen debidamente que presentan alguna discapacidad, las comisiones de valoración de la Universidad de las Islas Baleares establecerá las medidas oportunas para que las personas con discapacidad o necesidades especiales puedan realizar la entrevista personal en las condiciones adecuadas a su situación, con la colaboración de la Oficina Universitaria de Apoyo a Personas con Necesidades Especiales de la Universidad de las Islas Baleares.
- Se deben presentar, junto con la solicitud de inscripción, los informes correspondientes del Centro Base de la Dirección General de Atención a la Dependencia de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de las Islas Baleares o del órgano competente de acuerdo con el Real Decreto 1414/2006, del 1 de diciembre.